Warning: Undefined array key "cod" in /home/c2052076/public_html/articulo/la-corte-suprema-rechaza-las-demandas-de-la-rioja--contra-el-dnu-de--milei.php on line 24 La Corte Suprema rechazó las demandas de La Rioja contra el DNU de Milei - Radio y Televisión Riojana
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La Corte Suprema rechazó las demandas de La Rioja contra el DNU de Milei

"La Corte considera que no hay daño inminente a la sociedad con este DNU" expresó el Dr. Goyochea

En una decisión que marca un fuerte y lamentable resultado en el debate sobre la regulación económica, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha rechazado dos demandas que impugnaban la constitucionalidad del reciente Decreto de Necesidad y Urgencia  70/23 emitido por el presidente Javier Milei. Dichas demandas, presentadas por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y el ex presidente del Colegio de la Abogacía, Jorge Rizzo, fueron desestimadas tras el análisis por parte del máximo tribunal.

El asesor legal del gobierno, el Doctor Pedro Goyochea, ofreció claridad sobre los fundamentos detrás de esta decisión trascendental. "La provincia, segun la Corte,  no ha logrado justificar un perjuicio concreto, causa o controversia en relación al Decreto de Necesidad y Urgencia que motiva el rechazo al planteo de la acción declarativa de inconstitucionalidad", afirmó el Dr. Goyochea.

El escenario legal se ha vuelto particularmente tenso entre La Rioja y el Estado Nacional, con múltiples causas pendientes en la Corte Suprema. Entre estas, se destacan los litigios relacionados con la eliminación del incentivo docente y el fondo para el transporte público del interior. El Dr. Goyochea expresó que seguirán con atención estos casos, ya que están intrínsecamente ligados al compromiso legal establecido por ley. "El presidente arbitrariamente dejó de enviar estos recursos, y es nuestra responsabilidad asegurar su cumplimiento", agregó el asesor legal.

En cuanto al decreto de necesidad y urgencia, el Dr. Goyochea explicó que la desestimación de las acciones declarativas se fundamenta en su naturaleza autónoma. "No se puede hacer una acción recursiva al hecho de que no se ha demostrado un perjuicio concreto. Las acciones declarativas de certezas son autónomas y no necesitan comprobar un perjuicio real, sino la amenaza inminente del daño", explicó el Dr. Goyochea. Además, para la Corte, el decreto no genera perjuicio para la sociedad en general.

Ademas, la Corte Suprema entendió que “la discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales; sólo deben hacerlo cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada

Este fallo de la Corte Suprema, con el respaldo de las explicaciones legales proporcionadas por el asesor legal del gobierno, marca un punto de inflexión en el debate sobre la regulación económica y la relación entre el poder ejecutivo y el judicial que sigue preocupando a quienes no han sido puestos en consideración por la alarmente crisis economica que atraviesa la proviencia.

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